Micelio
Auto18 de septiembre de 2025

A- de 2025

Ponente Juan Carlos Cortés González

Demandante Superintendencia Nacional De Salud·Demandado --

Tema · dato duro
Sin Información
01

Temas y subtemas del fallo

Esta providencia aún no tiene temas indexados por la relatoría. La reseña de abajo resume de qué trata.
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Solicitud de aclaración de la Sentencia SU.277/25.

La Superintendencia Nacional de Salud le pidió a la Corporación aclarar la expresión “dejar sin efectos” contenida en el numeral segundo de la parte resolutiva del fallo de la referencia, así como la forma en la que deberá cumplir el Consejo de Estado la decisión tomada por la Corte Constitucional y la forma en que dicha Superintendencia debe realizar la entrega de la EPS Sanitas a los accionados, accionistas o a quien corresponda y el término máximo para hacerlo.

Igualmente, solicitó claridad sobre las órdenes proferidas por la Corte en el marco de seguimiento a la Sentencia T-760/08 y que debe tener en cuenta para futuras intervenciones.

Al revisar los presupuestos de procedencia encontró la Sala que no se acreditó el de carga argumentativa y, por ello, decidió RECHAZAR la aclaración invocada en esta oportunidad.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. RECHAZAR, por falta de carga argumentativa, la solicitud de aclaración formulada por la Superintendencia Nacional de Salud respecto de la Sentencia SU-277 de 2025.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional, COMUNICAR la presente providencia a la solicitante, indicándole que contra la misma no procede recurso alguno.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Esta providencia aún no registra citas ni temas indexados en el grafo de la Corte.